Nota introductoria
John Locke (Wrington, Somerset, 1632 – Oaks, Essex, 1704) estudió en la Universidad de Oxford, donde se doctoró en 1658. Su especialidad era la Medicina y mantuvo relaciones con reputados científicos de la época como Isaac Newton. Fue también diplomático, teólogo, economista, profesor de griego antiguo y de retórica, y alcanzó renombre por sus escritos filosóficos.
La Carta fue publicada primero en latín en mayo de 1689 en Gauda, Holanda, y posteriormente una traducción al inglés (A Letter Concerning Toleration), realizada por William Popple, fue publicada en octubre del mismo año. Pese a que ambas publicaciones aparecieron en forma anónima, existen razones para creer que Locke participó de alguna manera en la traducción al inglés. También resulta curioso mencionar que, pese a que su
amigo Van Limborch, a quien la Carta estaba sin duda dirigida, ciertamente estaba al tanto de la autoría de Locke, la correspondencia entre ambos detalla la aparición de la Carta como si fuera un hecho ajeno.
La Carta generó un intenso debate acerca del derecho del gobierno de usar la fuerza, si era necesario, para que los disidentes reflexionaran acerca de los méritos del anglicanismo, como la verdadera religión. Este debate fue iniciado por Jonas Proast, y en
1690 Locke responde con A Second Letter Concerning Toleration. Proast contesta, y Locke publica en 1692 A Third Letter Concerning Toleration. En 1703 Proast contesta nuevamente, y Locke no alcanza a finalizar su Fourth Letter Concerning Toleration, la que es publicada póstumamente, una vez que en su testamento reconoce la autoría de sus obras anónimas.
Popple inicia su traducción de la Carta con una ‘Nota al lector’, en la que aparece una frase famosa que a menudo ha sido atribuida a Locke, pero que sin duda refleja el ánimo de su escrito: “Absolute liberty, just and true liberty, equal and impartial liberty, is the
thing that we stand in need for” (Absoluta libertad, justa y verdadera libertad, igualitaria e imparcial libertad, eso es lo que reclamamos).
La Carta apela a las conciencias de aquéllos que han perseguido, atormentado, destruido o matado a otros hombres por motivos religiosos. Este tipo de situaciones tiene consecuencias más dañinas que cualquier tipo de disentimiento en materias eclesiásticas. Hay que distinguir exactamente entre lo que concierne al gobierno y aquello que concierne a la religión. El gobierno tiene claro su objetivo de procurar, preservar y avanzar en pro de los intereses civiles, pero este objetivo no puede ni debe extenderse a la salvación del alma.
El énfasis en la libertad de la persona implica necesariamente que las creencias no pueden ser impuestas por la fuerza. El comportamiento religioso individual, si tiene finalidad alguna, está necesariamente definido con base en la convicción subjetiva. En asuntos privados, cada uno decide cuál es el mejor curso a seguir, así también debe suceder con temas de conciencia religiosa. El cuidado de alma, como el cuidado de lo que es propio, es algo que pertenece al individuo.
Pero la iglesia, que es una asociación voluntaria de hombres, tampoco tiene jurisdicción alguna en asuntos terrenales. De esta forma, la autoridad eclesiástica debe ser mantenida dentro de la Iglesia, y no extendida a los asuntos civiles, que son de competencia del gobierno.
Éste es el gran punto de la Carta, y el gran legado político en cuanto a la separación de los poderes del Estado y de la Iglesia. Cada institución debe atenerse a los papeles que le competen, marcándose así claramente los límites entre lo eclesiástico y lo civil.
El legado de John Locke, en particular su defensa de la tolerancia, como respeto al derecho religioso individual, representa una llave fundamental para el desarrollo del mundo moderno. El lenguaje del deber pierde protagonismo frente al nuevo lenguaje del derecho. Una importante consecuencia de este giro ha sido el hecho de que el ciudadano puede finalmente dar a conocer la voz de su conciencia.
Carta sobre la tolerancia
Al lector (1)
Esta carta sobre la tolerancia, impresa por primera vez este año en Holanda (2), en latín, ya ha sido traducida al holandés y al francés. Una aceptación tan general y tan rápida puede, por este motivo, presagiar una acogida favorable en Inglaterra. No creo que haya ningún país bajo el techo del cielo en el que se hayan dicho tantas cosas sobre este tema como se han dicho en nuestro país. Pero, asimismo, es también verdad que no hay ningún pueblo que tenga más necesidad que el nuestro de que se haga algo más de lo que hasta ahora se dice y se hace sobre este punto.
No sólo nuestro gobierno ha sido parcial en hechos de religión, sino también aquéllos que han sufrido por su parcialidad, y por eso han intentado reivindicar con sus escritos sus derechos y libertades, generalmente lo han hecho sobre la base de principios restringidos, adaptados sólo a los intereses de sus sectas.
La restricción del espíritu apuntada por todas partes ha sido sin duda el principal motivo de nuestras desgracias y confusiones. Pero, a pesar de las ocasiones que ha habido en el pasado, ha llegado el momento propicio para buscar una curación radical. Tenemos necesidad de remedios más eficaces de los empleados hasta ahora para nuestros achaques. No son las Declaraciones de Indulgencia (3) ni los Actos de Comprensión (4) los que se han llevado a la práctica o proyectado sobre nosotros hasta ahora, que pueden absolver esta función. El primero sería simplemente un paliativo de nuestro mal; el segundo lo acrecentaría.
Libertad absoluta, libertad justa y verdadera, libertad igual e imparcial: es de lo que tenemos necesidad. Ahora bien, aunque se haya hablado mucho, sin embargo yo dudo de que esto haya sido bien comprendido; y estoy convencido de que no ha sido practicado ni por los gobernantes con el pueblo en general ni por los disidentes entre ellos.
No me queda más remedio que esperar que este discurso, que trata sobre este tema, aunque sea muy breve, sin embargo, con mayor precisión que cualquier otro de los que he visto hasta ahora, demostrando que la tolerancia es equitativa y practicable, sea considerado muy oportuno para todos los hombres que tienen el espíritu generoso suficiente para preferir el verdadero interés de lo público sobre el de un partido.
He traducido este escrito a nuestra lengua precisamente para aquéllos que tienen ese espíritu o para infundirlo en aquéllos que no lo tienen todavía. Pero el escrito en sí es tan breve, que no soporta una introducción más larga. Lo dejo a la consideración de mis compatriotas, deseándoles de corazón que puedan hacer uso del mismo en la dirección en que está concebido.
Ilustrísimo señor: (5)
Ya que usted me pregunta qué pienso sobre la tolerancia mutua entre los cristianos, debo contestarle, con toda franqueza, que estimo que es la característica de la verdadera Iglesia. Aunque hay unos que vanaglorian de la antigüedad de sus lugares de culto y nombres o de la pompa de su culto, otros de la reforma de su doctrina (6), y todos de la ortodoxia de su fe -ya que cada uno se considera a sí mismo ortodoxo-, éstas y otras cosas de tal naturaleza son más señales de la lucha de los hombres contra sus semejantes por el poder y por la autoridad sobre ellos que de la Iglesia de Cristo. Si alguien posee todas estas cosas, pero está desprovisto de caridad, humildad y buena voluntad en general hacia todos los hombres sin distinción, no sólo hacia los que se
profesan cristianos, no es todavía un cristiano. Nuestro Salvador dice a sus discípulos: «Los reyes paganos ejercen su dominio sobre ellos, pero vosotros no debéis proceder así» (San Lucas, 22, 25-26). La finalidad de la verdadera religión, que ha nacido no en función de una pompa exterior, ni para ejercer el dominio eclesiástico, ni tampoco para utilizar la fuerza, sino para regular la vida de los hombres con rectitud y piedad. Quien se aliste en la Iglesia de Cristo tiene, primero y ante todo, que luchar contra sus propios vicios, contra su soberbia y contra su placer, pues de nada sirve usurpar el nombre de cristiano, si no practica la santidad de vida, la pureza de las costumbres, la humildad y bondad de espíritu. Nuestro Señor dijo a San Pedro: «Tú, una vez convertido, confirma a tus hermanos» (San Lucas, 22, 32).
……………..
(1) Es obra de Popple, el primer traductor en inglés de la Carta de Locke.
(2) La Epístola de Tolerantia fue publicada en Gouda en mayo de 1689, y la traducción de Popple, en Londres, en el otoño del mismo año.
(3) La Declaración de indulgencia era un acto real, con el que el soberano, valiéndose de la prerrogativa regia, prometía suspender, por lo menos en parte, las leyes vigentes.
(4) Fue aprobado un Toleration Act, que reconocía el primado de la Iglesia de Inglaterra, pero garantizaba cierta tolerancia a los no-conformistas, sin embargo excluía a los católicos, judíos, unitarios y ateos.
(5) El título completo era Epístola de Tolerantia ad Clarissimum Virum T. A. R. P. T. O. L.A. [Theologiae Apud Remostrantes Professorem Tyrannidis Osorem Limburgium Amstelodamensen – Limborch de Amsterdam, profesor de teología en los Remostrantes, que odia la tiranía]. Scripta a P. A. P. O. I. L. A. [Pacis Amico Persecutionis Osore Joanne Luckio Anglo – John Locke, inglés, amigo de la paz, que odia la persecución].
(6) La reforma de la doctrina se contrapone a la tradición (antigüedad de los lugares de culto y de los nombres) y a la pompa de las ceremonias, o sea, a los aspectos del catolicismo que típicamente se oponen a la religión reformada.
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